Gespräche in der Dämmerung 00487

C. (BB) Der Geist / C. (BB) El espíritu

VI. Der Geist / Capítulo VI: El espíritu

B. Der sich entfremdete Geist. Die Bildung / B. El espíritu extrañado de sí; la formación o Bildung

I. Die Welt des sich entfremdeten Geistes / I. El mundo del espíritu extrañado de sí mismo

a. Die Bildung und ihr Reich der Wirklichkeit / a. La formación [Bildung] y su reino de la realidad [o la Bildung y su reino de realidad frente al más-allá ideal]

 

[Autoconciencia extrañada y mundo extrañado; de cómo la conciencia se endereza a adueñarse de ese mundo]

Gespräche in Jena

[487] [363] Der Geist dieser Welt ist das von einem Selbstbewußtsein durchdrungene geistige Wesen, das sich als dieses für sich seiende unmittelbar gegenwärtig und das Wesen als eine Wirklichkeit sich gegenüber weiß. Aber das Dasein dieser Welt sowie die Wirklichkeit des Selbstbewußtseins beruht auf der Bewegung, daß dieses seiner Persönlichkeit sich entäußert, hierdurch seine Welt hervorbringt und sich gegen sie als eine fremde so verhält, daß es sich ihrer nunmehr zu bemächtigen hat. Aber die Entsagung seines Fürsichseins ist selbst die Erzeugung der Wirklichkeit, und durch sie bemächtigt es sich also unmittelbar derselben. – Oder das Selbstbewußtsein ist nur etwas, es hat nur Realität, insofern es sich selbst entfremdet; hierdurch setzt es sich als Allgemeines, und diese seine Allgemeinheit ist sein Gelten und [seine] Wirklichkeit. Diese Gleichheit mit Allen ist daher nicht jene Gleichheit des Rechts, nicht jenes unmittelbare Anerkanntsein und Geltendes Selbstbewußtseins, darum weil es ist, sondern daß es gelte, ist durch die entfremdende [363] Vermittlung, sich dem Allgemeinen gemäß gemacht zu haben. Die geistlose Allgemeinheit des Rechts nimmt jede natürliche Weise des Charakters wie des Daseins in sich auf und berechtigt sie. Die Allgemeinheit aber, welche hier gilt, ist die gewordene, und darum ist sie wirklich.

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Conversaciones en Valencia

[Autoconciencia extrañada y mundo extrañado; de cómo la conciencia se endereza a adueñarse de ese mundo]

[487]1Epígrafe: Autoconciencia extrañada y mundo extrañado; de cómo la conciencia se endereza a adueñarse de ese mundo. El espíritu de este mundo es el ser [Wesen] espiritual transido por una autoconciencia que se es inmediatamente presente o que se sabe inmediatamente presente como esta autoconciencia que es-para-sí y que sabe el ser [Wesen] como una realidad que queda frente a ella. Pero la existencia de este mundo, así como la realidad de la autoconciencia, descansan en el movimiento que consiste en que la autoconciencia se enajena de su personalidad [de su para-sí, se sale de él, se desase de él], y por medio de ello, produce su mundo y se comporta respecto a él como un mundo extraño, de suerte que de ahora en adelante ella habrá de [se ve en la necesidad de] adueñarse de ese mundo. Pero la renuncia a su ser-para-sí [el desasirse ella de él, el privarse ella de él], esa renuncia, digo, es ella misma la generación de la realidad, y es por medio de esa renuncia como la autoconciencia se adueña [bemächtigt], pues, de ahora en adelante de esa realidad. —O lo que es lo mismo: la autoconciencia es sólo algo, es decir, sólo tiene realidad, en cuanto se extraña de sí misma; y por medio de ello se pone como universal [como igual a todos], y esta su universalidad es su valer [su validez, su tener validez, su tener vigencia] y su realidad. Esta igualdad con todos no es, por tanto, aquí aquella igualdad del derecho [cap. VI, A, c], no es aquel inmediato ser reconocida la autoconciencia y aquel inmediato valer (ser válida) la autoconciencia sólo porque ella es; sino que el ser ella válida [el estar ella vigente] sólo tiene lugar a través de la mediación extrañante que consiste en haberse hecho [593] ella conforme con lo universal [en formarse y comportarse de conformidad con lo universal]. La universalidad del derecho, carente de espíritu, es capaz de recoger en sí [convirtiéndola en contenido del derecho o admitiéndola como contenido del derecho] toda forma natural del carácter, así como de existencia, y las justifica [las confirma al no rechazarlas como contenido]. Pero la universalidad que aquí rige [es otra], es una universalidad devenida, una universalidad hecha, y precisamente por eso es ella una universalidad real.

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Conversaciones en Madrid

a. La cultura y su reino de la realidad efectiva

[487] El espíritu de este mundo es la esencia espiritual penetrada de una autoconciencia que se sabe inmediatamente presente como esta autoconciencia que es para sí, y que sabe a la esencia como una realidad efectiva enfrente de ella. Pero la existencia de este mundo, así como la realidad efectiva de la autoconciencia, descansa sobre el movimiento por el que ésta, la autoconciencia, se exterioriza despojándose de su personalidad, produce así su mundo y se comporta frente a él como frente a un mundo extraño, de tal manera que, a partir de ahora, tiene que apoderarse de él. Pero la renuncia de su ser-para-sí es ella misma el engendramiento de la realidad efectiva, y por ella, entonces, se apodera la autoconciencia inmediatamente de esa realidad efectiva. —O bien, en otros términos, la autoconciencia solamente es Algo, sólo tiene realidad, en la medida en que se haga extraña a sí misma; por ese extrañamiento, se pone como universal, y esta [581] universalidad suya es su vigencia y su realidad efectiva. Por eso, la igualdad con todos no es aquella igualdad del Derecho, no es aquel ser-reconocido y valer inmediatos de la autoconciencia por el mero hecho de que ella sea; sino que ella vale, es, por vía de la mediación alienante X130X2Entfremdend: «alienante», dada la forma de gerundio. Aquí no cabría decir «extrañante». que consiste en haberse hecho a la medida de lo universal. La universalidad sin espíritu del Derecho acogía dentro de sí cada modo natural del carácter y de la existencia, y los justificaba. Mientras que la universalidad aquí vigente es la universalidad que ha pasado por un proceso para llegar a ser, y por eso es efectivamente real.

Algunas aclaraciones

X130X = Entfremdend: «alienante», dada la forma de gerundio. Aquí no cabría decir «extrañante».

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Conversations in Washington

C. (BB) Spirit

VI. Spirit

B. Spirit Alienated from Itself: Cultural Formation

I. The World of Self-Alienated Spirit

a. Cultural Formation and its Realm of Actuality

[487] [487]3We kept the numeration given by the editor in the printed edition The spirit of this world is spiritual essence infused with a self-consciousness that knows itself as this self-consciousness, immediately current and existing for itself, which knows the essence as an actuality over and against itself. However, the existence of this world as well as the actuality of self-consciousness rests on the movement of self-consciousness relinquishing itself of its personality and thereby engendering its world. By doing so it relates to it as something alien so that it henceforth must take possession of it. However, the renunciation of its being-for-itself is itself the engendering of actuality, and therefore in that renunciation self-consciousness immediately takes possession of actuality. – Or, self-consciousness is only something, it only has reality insofar as it alienates itself from itself. By doing this, it posits itself as a universal self-consciousness, and its universality is its validity and its actuality. Hence, this equality of all is not the former equality of legal right, nor that of the immediate recognition4Anerkanntsein and validity of self-consciousness for the reason that self-consciousness is. Rather, that it is valid comes about through the alienating mediation which consists in making itself conform to the universal. The spiritless universality of legal right absorbs every natural manner of character and existence into itself [285] and authorizes them. However, the universality that is in force here is the universality which has come to be, and for that reason it is actual.

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Conversaciones en el Atrium

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